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A partir del 1 de abril de 2025, las entidades de la Rama Ejecutiva que interesen llevar a cabo la contratación de servicios profesionales o la contratación de servicios comprados (no profesionales), cuya cuantía sea igual o mayor de cinco mil dólares ($5,000.00) durante un mismo año fiscal, deben recibir la autorización previa de la OGP y de la OSG. Para ello, deberán presentar una solicitud de autorización en la Plataforma Electrónica de Procesamiento de la OGP a través del módulo de Procesamiento de Contratos (PCo) e incluir todos los documentos requeridos.



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